Entregar partes de baja laboral no volverá a ser un problema. El Real Decreto 1060/2022 y la Orden ISM/2/2023 introducen cambios en el sistema de gestión y control de los procesos de incapacidad temporal que tienen como objetivo subsanar los problemas que ocasionaba a las empresas la falta o retrasos en las entregas de los partes de baja por parte del empleado. A partir del 1 de abril, fecha en la que entró en vigor la nueva normativa, el trabajador no tiene la obligación de entregar el parte de baja médica a su empresa, ya que las comunicaciones se harán por vía telemática entre las Administraciones y dicha empresa.
En este nuevo proceso, la comunicación del INSS se convierte en fundamental y se debe tener en cuenta el siguiente proceso:
- El Servicio Público de Salud (SPS) mecaniza los partes y esta mecanización depende tanto del grado de informatización como de sus procedimientos. Por lo que tener la tecnología adecuada se convierte en un requisito clave.
- Una vez mecanizados los partes por parte del SPS el INSS, cada noche, actualiza sus BBDD.
- Al día siguiente las empresas pueden descargarse el fichero FIE/FIE actualizado con los partes médicos de baja, alta o confirmación, y las posibles modificaciones producidas.
- La empresa deberá comunicar los datos económicos al INSS a través del fichero FDI o a través del Sistema red Online.
¿Cómo impacta esta nueva normativa a los empleados?
El Real Decreto impone que los empleados no están obligados a entregar el parte de baja médica a sus empresas, sino que -con motivo del creciente desarrollo de los medios electrónicos- será la propia administración la encargada de entregar los documentos de baja de los trabajadores a las empresas de forma telemática.
De la misma manera, otro de los objetivos que trae consigo esta norma es la liberación de los trabajadores de toda obligación burocrática que pueda resultar "gravosa" en condiciones de incapacidad temporal
En esta guía creada por Ceca Magán te contamos todos los detalles jurídicos que debes conocer para enfrentarte a este cambio normativo que impacta directamente a todos tus empleados.
Beneficios que ofrece en nuevo sistema de tramitación de bajas médicas
- Serán las empresas quienes cumplimenten la información sobre la actividad del trabajador, en vez de los médicos.
- Se simplificarán los trámites y evitaremos que el trabajador tenga que realizar gestiones que ahora se procesarán telemáticamente entre el SPS, INSS y empresas
- El trabajador recibirá una copia de su baja y no tendrá que presentarla en persona, porque los trámites se realizan telemáticamente.
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