La declaración de la renta o el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es uno de los conceptos que más escuchamos en esta época del año.
Queremos que tengas en mente todos los conceptos y puedas estar preparado para enfrentarte a ello.
¿Qué es la declaración de la renta?
La declaración de la renta o del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es un trámite anual que tienen la obligación de realizar los residentes en España para regularizar su situación con la Agencia Tributaria. Sin embargo, no todas las personas tienen que hacerla, ya que depende de las rentas que se hayan obtenido a lo largo del año.
Para no caer en infracciones tributarias, es importante conocer cuándo y para quien es obligatorio presentar la declaración. Es cierto que es un tramite complejo, por eso queremos contarte todos los detalles para que no te pillen por sorpresa.
¿Estás obligado a hacer la declaración de la renta?
Lo primero que hay que conocer es si debemos presentar la declaración de la renta, o si, por el contrario, formas parte de alguna de las excepciones. Estás obligado si cumples los siguientes requisitos:
- Eres trabajador por cuenta propia como ajena que hayan percibido ingresos de más de 22.000€ durante el ejercicio anual, y vienen de un único pagador. O si tienes más de uno pagador, la suma del segundo y posteriores no superen los 1.500€
- Tienes unos ingresos anuales superiores a los 15000€ brutos que proceden de más de un pagador.
- Cuentas con un rendimiento de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a rendimientos o plusvalías por encima de 1.600€ brutos anuales.
¿Cómo debes solicitar y confirmar el borrador de la renta?
Primero tienes que comprobar que todos tus datos coinciden con los que tiene la Agencia Tributaria, y para ello, tendrás que pedir el borrador de la declaración a través de la web o de la aplicación móvil de la AEAT.
Una vez que tengas el borrador, tendrás dos opciones:
- Modificar cualquier detalle que esté incorrecto en el borrador
- Confirmar el borrador y presentarlo si está todo correcto
¿Existe algún plazo para presentar la declaración de la renta?
Es clave que estés atentos a las fechas para poder realizar la declaración a tiempo y evitar penalizaciones.
Este año la campaña comenzará el 3 de abril y se extiende hasta el 1 de julio, teniendo en cuenta que puede variar dependiendo si la realizar por internet, teléfono o de forma presencial. Revisa todos los detalles en la web oficial.
OJO: Ten en cuenta que, si sale a pagar, tendrás hasta el 27 de junio como plazo límite para domiciliar el pago.
¿Existen novedades en la Renta 2023/2024?
Sí, este año nos encontramos con cambios claves relacionados con nuevos tramos para la declaración del IRPF y nuevas deducciones. Te dejamos un resumen para que revises si te ves afectado por alguno de los cambios.
Nuevas deducciones
- Deducción para autónomos con trabajadores a cargo, de hasta el 10% en la cuota íntegra, por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial (con rentas inferiores a 27.000 euros).
- Deducción de hasta el 60% en obras de rehabilitación de vivienda.
- Se ampliará la cobertura de las deducciones por maternidad (1.200 euros, que pueden ampliarse por gastos de guardería a otros 1.000 euros).
- Deducción de hasta el 15% en la compra de vehículos eléctricos (desde el 30 de junio de 2023).
- Quedarán exentos de tributar, con un límite máximo de 60.100 euros anuales, quienes lleven a cabo trabajos para empresas del extranjero. La deducción solo podrá hacerse si el territorio donde se desempeñan los trabajos aplica un impuesto similar al IRPF y no se trate de un paraíso fiscal.
- Deducciones de entre el 10% y el 80% dependiendo del capital aportado, en donaciones a ONG. Igualmente se pueden desgravar el 20% de las donaciones a partidos políticos (hasta 600 euros) y a sindicatos o colegios profesionales (hasta 500 euros).
Nuevos tramos:
- Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%.
- Desde 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24%.
- Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%.
- Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%.
- Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%.
- Más de 300.000 euros: retención del 47%.
Ya sabes, revisa todos los escenarios, pide el certificado de retenciones 2023 a tu empresa, recopila toda la información necesaria y prepárate para esta campaña de la declaración de la renta 2023/2024.